Conducir de forma temeraria al trazar curva hacia la izquierda, lo hace inclinando la motocicleta y sacando el cuerpo de tal manera que traza la misma apoyando rodilla al suelo con el peligro que conlleva.
Un motorista ha sido denunciado por la Guardia Civil, por tumbar y tocar rodilla durante la trazada de una curva. La sanción ha sido de 500 euros, con la reducción del 50% por pronto pago, lo que si se paga la multa antes del plazo exigido, queda en 250 euros. Además de 6 puntos menos en el carné de conducir.
Así se desprende de la sanción que está rodando por diferentes grupos de las redes sociales y wasap.
El conductor de una motocicleta ha sido sancionado con 500 euros, después de ser interceptado por la Guardia Civil de tráfico cuando trazaba una curva hacia la izquierda inclinado y tocando rodilla.
Según se desprende del boletín de denuncia, el motorista ha sido sancionado por incumplir el reglamento en el artículo 3 apartado 1.
La denuncia fue puesta el día 2 de agosto del 2020 a las 09:45 de la mañana en la carretera AV 562, que va de Cabreros en Ávila, a la M-512 dirección Robledo de Chavela, en Madrid.
Jefatura de tráfico de Ávila.
Precepto infringido. artículo 3 apartado 1.
Puntos a detraer 6.
Hecho denunciado: Conducir de forma temeraria al trazar curva hacia la izquierda, lo hace inclinando la motocicleta y sacando el cuerpo de tal manera que traza la misma apoyando rodilla al suelo con el peligro que conlleva.
¿Qué nos dice el artículo 3 del reglamento?
Artículo 3. Conductores.
1. Se deberá conducir con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio
o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de los usuarios de la vía. Queda terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario (artículo 9.2 del texto articulado).
Puedes ver el artículo 3 apartado 1 del reglamento del código de circulación, pulsando aquí Dgt.es
La redacción de Forotransporteprofesional.es, ha contactado con agentes de tráfico y seguridad vial, y nos han informado que este tipo de multas no es habitual, siempre que se haya respetado el limite de velocidad de la vía o tramo, y no se invada el carril contrario, no es sancionable tumbar y tocar rodilla.
Alerta a los que les gusta tumbar en moto!
Publiée par WowMotos sur Lundi 3 août 2020
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