Tiempos de conducción y descanso del tacógrafo

tiempos de conducción y descanso del tacógrafo

Los tiempos de conducción y descanso para los conductores de transporte de mercancías por carretera están regulados en el “Manual de inspección de tiempos de conducción y descanso y tacógrafo en el transporte por carretera”, publicado por el Ministerio de Transporte en octubre de 2021. Te lo puedes descargar, si lo deseas.

La normativa establece, de forma precisa, los tiempos máximos de conducción seguida, los descansos mínimos obligatorios y las horas de conducción totales durante un día y en el conjunto de la semana laboral.

Qué son los tiempos de conducción y descanso

Los tiempos de conducción y descanso son los periodos estipulados para que el conductor sepa cuántas horas como máximo puede estar al volante antes de realizar una parada o descanso obligatorio con un mínimo de horas.

Estos tiempos varían según el marco temporal, ya sea diario, semanal o bisemanal. Además, los tiempos de conducción y descanso pueden variar en una misma semana.

Por una lado están los tiempos máximos de conducción contínua y, por otro, los tiempos máximos totales en un marco temporal (día, semana).

Vamos a verlos detalladamente.

Descansos diarios de tacógrafo

La conducción en un día tiene en cuenta el total del tiempo acumulado de conducción entre dos periodos de descanso diarios y el total de horas de conducción máxima de ese día.

El “tiempo diario de conducción”, es el tiempo acumulado total de conducción entre el final del período de descanso diario y el comienzo del siguiente período de descanso 

tiempos de conduccion y descanso - tiempo diario de conduccion

Conducción contínua diaria

Las horas máximas de conducción contínua, sin detenerse, se estipula en 4 horas y media (4,5 horas). Tras este periodo al volante hay que hacer un descanso obligatorio, ya sea una pausa o el descanso del día.

La pausa mínima exigida es de 45 minutos, pudiéndose separar en una pausa de 15 minutos (dentro de las 4,5 horas de conducción) y otra de 30 minutos al final del periodo. Nunca al revés, es decir, no se puede hacer primero la pausa de 30 minutos y al final de tiempo de conducción, las de 15 minutos.

tiempos de conduccion y descanso - conduccion continua diaria

Conducción total diaria

El tiempo máximo de conducción diario, dentro de una semana, es de 9 horas. Durante dos

días, las horas de conducción se amplían a 10 (desde las 00:00 horas del lunes hasta las 24:00 horas del domingo).

Por lo tanto, un conductor podría conducir 10 horas diarias durante 4 días consecutivos, siempre y cuando fueran el sábado y domingo de una semana y el lunes y martes de la semana siguiente.

tiempos de conduccion y descanso - Conducción total diaria

Descansos diarios

El descanso diario, entre dos jornadas, debe ser como mínimo de 11 horas ininterrumpidas. Durante este periodo no se podrá mover el camión o quedará registrado en el tacógrafo.

Se pueden hacer hasta 3 descansos reducidos de más de 9  y menos de 11 horas a la semana. Es decir, un descanso de 10 horas y media se contempla como descanso diario reducido.

También se puede fraccionar el descanso diario. El descanso diario fraccionado consiste en hacer una pausa de 3 horas durante la jornada laboral y, finalmente, cumplir con un descanso diario de 9 horas.

Los descansos diarios fraccionados están permitidos hacerlos todos y cualquier día de la semana.

Es muy importante que tengas en cuenta que, salvo fuerzas de causa mayor, o que lo imponga la autoridad el descanso diario no puede interrumpirse. Si tienes que interrumpirlo por las causas antes señaladas debes registrar los motivos. 

Cualquier interrupción en el descanso diario es una infracción del reglamento y será sancionado como falta.


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Tiempos de conducción y descanso semanales

Durante una semana natural, desde el lunes a las 00:00 horas hasta el domingo a las 24:00 horas, el tiempo de conducción acumulado no podrá exceder de 56 horas.

Las 56 horas se pueden distribuir en dos jornadas laborales de 10 horas y 4 jornadas de 9 horas, con un día entero libre.

Estás 56 horas hay que combinarlas con el tiempo de conducción bisemanal, como veremos más adelante. Es decir, no se puede conducir un máximo de 56 horas cada semana.

Cuando una semana se conduzca más, en la semana siguiente el límite de horas máximo al volante se reducirá, para poder tener un descanso adecuado.

Descanso semanal obligatorio normal

El descanso semanal normal será de, mínimo, 45 horas ininterrumpidas.

Hasta que no pasen las 45 horas de descanso no se puede volver a conducir. 

Si tu día libre es el domingo, debes juntar las 24 horas del domingo con 21 horas del sábado. No podría ser el lunes ya que computa como otra semana.

tiempos de conduccion y descanso - Descanso semanal obligatorio normal

Descanso semanal reducido

El descanso semanal reducido es cualquier período de descanso inferior a 45 horas que se puede reducir hasta un mínimo de 24 horas consecutivas. Es decir, un descanso de un periodo entre 24 horas y menos de 45 horas. 

Un descanso semanal inferior a 24 horas se sancionará siempre

Cómo compensar el descanso semanal reducido

Las horas no descansadas, las que falten para completar las 45 horas, con otros descansos de al menos 9 horas, dentro de las tres semanas siguientes, y junto a otros periodos de descanso.

Si en esta semana realizamos un descanso semanal reducido de 24 horas, las 21 horas de descanso restantes las tienes que recuperar en las tres semanas siguientes. Puede ser en la primera, en la segunda, en la tercera o repartidas entre varias de ellas.

Unl descanso semanal reducido se compensará junto con otro periodo de descanso (diario o semanal), por ejemplo:

  • Descanso diario reducido ( 9h + Compensación)
  • Descanso diario normal ( 11h + Compensación)
  • Descanso semanal reducido (24h + Compensación)
  • Descanso semanal normal ( 45h + Compensación)

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Tiempos de conducción y descanso bisemanales

El tiempo total acumulado de conducción durante dos semanas consecutivas será de 90 horas como máximo.

Todos los periodos de conducción bisemanales superiores a 90 horas se computan como infracciones sancionables.

El período bisemanal ocupa desde las 00:00 del lunes de una semana hasta las 24:00 horas del domingo de la semana siguiente.

Como el tiempo máximo de conducción semanal es de 56 horas, si en la primera semana se han conducido las 56 horas, en la segunda semana no se podrá conducir más de 34 horas. También afecta a la semana anterior en la que solo se habría podido conducir 34 horas como máximo.

tiempos de conducción y descanso - Tiempos de conducción y descanso bisemanales

Espero que este artículo sobre los tiempos de conducción y descanso del tacógrafo te haya sido útil.

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