Límites de velocidad DGT en camiones, furgonetas y autobuses en España

Límites de velocidad en camiones, furgonetas y autobuses -min

El exceso de velocidad continúa siendo un factor presente en los accidentes viales. Por esto la DGT siempre se ha encargado de ajustar los límites de velocidad en España de acuerdo a las características de la vía y al tipo de vehículo. Y cumplir con estos límites puede salvar vidas, la tuya y la de los demás usuarios de las carreteras.

Por lo tanto, para la seguridad de todos es indispensable que conduzcas dentro de los límites de velocidad para camiones, autobuses o furgonetas. A continuación te mostramos y te informamos sobre las nuevas sanciones de la DGT.

Los límites de velocidad para camiones, autobuses y furgonetas

Como dijimos, los límites de velocidad en España dependen del vehículo que conduzcas, del tramo vial o la clasificación de la vía por la que estés transitando. Veamos los distintos supuestos para los camiones, autobuses y furgonetas:

Sanciones por exceder los límites de velocidad en camiones-min

Límites de velocidad DGT para autobuses en vías fuera de poblados

Los límites de velocidad DGT para autobuses, vehículos mixtos adaptables y vehículos que se deriven de turismos son los siguientes:

  • En autopistas y autovía, la velocidad máx. = 100 km/h.
  • En carreteras convencionales, la velocidad máx. = 90 km/h.

Límites de velocidad para camiones y furgonetas en vías fuera de poblados

Los límites de velocidad para furgonetas en España, así como los límites de velocidad en camiones, tractocamiones, vehículos articulados, autocaravanas de MMA mayor a 3500 kg y vehículos con remolques son los siguientes:

  • En autopistas y autovías, la velocidad máx. = 90 km/h.
  • En carreteras convencionales, la velocidad máx. =  80 km/h.

Consideraciones especiales para los límites de velocidad en furgonetas, camiones y autobuses:

Los límites de velocidad para furgonetas, camiones y autobuses se ven modificados en las siguientes situaciones especiales

  • Los límites de velocidad máxima para los camiones, autobuses o furgonetas (en vías que transcurren dentro de poblados o fuera de poblados) que transportan mercancías peligrosas o que realicen transporte escolar se reducen en un 10 km/h. 
  • En las vías no pavimentadas, el límite de velocidad máximo de autobuses, camiones o furgonetas es de 30 km/h.
  • En las carreteras convencionales, si el autobús viaja con pasajeros de pie, siempre que esté autorizado a ello, el límite máximo de velocidad es de 80 km/h.

Límites de velocidad para camiones y otros vehículos en vía urbana y autopistas dentro de poblados

En las vías urbanas los límites de velocidad son genéricos, de acuerdo a los carriles por sentido o al tipo de plataforma vial. Sin embargo existen ciertas especificaciones para los vehículos que transportan mercancías peligrosas y para las autopistas o autovías que se encuentran dentro de poblados. Veamos:

  • Límites generales de velocidad:
    • En las vías de 2 carriles o más por sentido, la velocidad máxima es 50 km/h.
    • En las vías de un solo carril por sentido, la velocidad máxima es 30 km/h.
    • En las vías de una plataforma única, la velocidad máxima es 20 km/h.
    • Previa señalización, la autoridad municipal puede disminuir la velocidad máxima en toda vía o incrementar la velocidad en la vías de un solo carril/ sentido, hasta 50 km/ h.
  • Límites de velocidad en casos especiales::
    • Los vehículos que transporten cualquier tipo de mercancía peligrosa tienen fijada una velocidad máxima de circulación de 40 km/h.
    • En autopistas y autovías dentro de poblados, el límite de velocidad máximo para todos los vehículos es de 80 km/h, previa señalización de la autoridad municipal.

Límites de velocidad en España para los vehículos en régimen de transporte especial

Los vehículos en régimen de transporte especial son los que trasladan mercancías de naturaleza o dimensiones extraordinarias, por lo que son vehículos o camiones específicamente adaptados que pueden extralimitar alguna normativa vial. En consecuencia, requieren una autorización para circular.

Además de cumplir con ciertas normativas complementarias, los límites de velocidad para los vehículos especiales que superen los pesos y dimensiones máximos debido a la carga transportada son los siguientes:

  • Si el vehículo cuenta con autorización genérica, la velocidad máxima es igual a 70 km/h o la velocidad que presenta la tarjeta ITV en caso de ser  más restrictiva
  • Si el vehículo tiene autorización específica, la velocidad máxima es igual a 60 km/h o la velocidad que muestre la tarjeta ITV en caso de ser más restrictiva.
  • Si el vehículo presenta autorización excepcional, la velocidad permitida será la que figura en dicha autorización o la que presente la tarjeta ITV, siempre que sea más restrictiva. Pero nunca podrá superar los 60 km/h.

¿Cuáles son los límites de velocidad mínimos para camiones, autobuses y furgonetas?

Circular por debajo de la velocidad mínima constituye una infracción que puede considerarse grave. Exactamente las normativas viales indica que en las vías zonas pobladas (calles y avenidas) y no pobladas (carreteras o autopistas):

  • Se encuentra prohibido circular en autovías y autopistas con una velocidad inferior a los 60 km/h. Puesto que no se debe entorpecer la marcha normal de los demás vehículos en la vía, sin que exista una causa justificada para reducir drásticamente la velocidad.
  • Los vehículos especiales o los vehículos en régimen de transporte especial podrán circular a una velocidad inferior al límite mínimo cuando las circunstancias de la vía o del tráfico impidan conservar la velocidad dentro de los límites. 
  • En caso de que un camión, furgoneta o autobús no alcance la velocidad mínima que se exige y se encuentra en peligro de alcance, es preciso activar las luces de dirección con la señal de emergencia.

Sanciones por exceder los límites de velocidad en camiones: multas, pérdidas de puntos, prisión o trabajo comunitario

Las infracciones de exceso de velocidad pueden ser catalogadas como graves o muy graves, según el límite excedido. Y, normalmente, acarrean sanciones económicas y pérdida de puntos

En el siguiente cuadro se observan las multas y los puntos para cada infracción de exceso de velocidad:

Sanciones por exceder los límites de velocidad en camiones

Prisión por exceder los límites de velocidad en España

Si el exceso de velocidad es mayor en 80 km/h (vías interurbanas) o en 60 km/h (en vías urbanas) a los límites máximos legalmente establecidos, se considera delito de acuerdo al código penal español. Por lo que se castiga con:

  • 3 a 6 meses de prisión o con la pena de multa de 6 a 12 meses, o con trabajos comunitarios durante 31 a 90 días. En todos los casos se priva del derecho a conducir durante un período de 1 a 4 años. 

El limitador de velocidad en camiones

Limitador de velocidad en camiones es un sistema conectado al GPS y compuesto por una cámara interior para captar las señales de tráfico y un software que se instala y actúa sobre el motor o el acelerador para que el vehículo no superé el límite de velocidad que ha detectado.

Este sistema inteligente se denomina asistente ISA, actúa avisando al conductor y, de ser necesario, disminuye automáticamente la velocidad. 

  • Actualmente, el limitador de velocidad en camiones es obligatorio solo en las categorías N2 y N3, con una MMA mayor a 3,5 Tn.

El cumplimiento de los límites de velocidad en camiones, autobuses y furgonetas significa conducir con seguridad. Pero también protege tu economía y el medioambiente, porque al conducir prudentemente se consume menos combustible.

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