El ministerio del interior anuncia anomalías en los tacógrafos Stoneridge

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Mediante una circular, el Ministerio del Interior italiano ha anunciado que el gigante de la electrónica del automóvil Stoneridge ha informado a su vez del almacenamiento incorrecto de anomalías y fallos en el tacógrafo inteligente SE5000 de segunda generación. Estas son anomalías resaltadas con los códigos “!1C” y “!0F” en la impresión del evento del vehículo.

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El departamento de seguridad pública del Ministerio del Interior ha publicado una circular informando a las Prefecturas, administraciones territoriales y organismos competentes que la empresa fabricante de tacógrafos digitales Stoneridge Electronics ha informado del almacenamiento erróneo de anomalías y fallos en el tacógrafo inteligente de segunda generación SE5000 .

El texto explica que «las anomalías se resaltan con los códigos !1C y !0F en la impresión del evento del vehículo. El primero es atribuible a una inconsistencia entre los datos de movimiento y los datos almacenados de la actividad del conductor, lo que lleva a la visualización del mensaje "sabotaje de hardware" en la pantalla del tacógrafo; el segundo es causado por una anomalía en el sistema de navegación por satélite GNSS, si este receptor detecta un ataque de software o un error de autenticación de los datos de navegación".

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Ambos errores están provocados por una anomalía en el software instalado en el instrumento , que será actualizado en los próximos meses con una versión que se instalará tanto en los tacógrafos nuevos como en los montados en vehículos en circulación. «Por tanto, en el caso de que se detecten durante la inspección – aclara la circular – es necesario comprobar atentamente a qué son imputables ». En particular:

  • El código !1C debe ignorarse si está activo durante menos de treinta minutos. En caso contrario, si ha permanecido activo durante más tiempo, deberá ignorarse si la velocidad media del vehículo durante el día es inferior a 80 km/h.
  • El código !0F debe ignorarse si está activo durante un máximo de 10 minutos.

Finalmente, la circular explica que estos hechos, si se encuentran dentro de los rangos descritos anteriormente, "no afectan a los registros de las actividades del conductor ya que el tacógrafo sigue manteniendo los requisitos legales establecidos por la legislación".

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