Condenada una empresa a pagar a un camionero 152.000 €, por horas extras impagadas durante 8 años

AR 304189978 650

 

Un juez de Milán condena a una empresa de transporte a pagar más de 152.000 euros en concepto de horas extras impagadas durante ocho años a un camionero, además de pagar las costas del juicio que ascienden a más de 13.000 euros.

 

El tribunal de Milán reconoció al camionero toscano, que trabajaba de 11 a 13 horas diarias para una empresa milanesa, el derecho a la suma por el trabajo extra, además de los intereses devengados.

 

Seguimos hablando de horas extraordinarias no retribuidas , reconocidas en este caso a un transportista por el Tribunal de Milán, porque el caso respalda una vez más el derecho al reconocimiento de un trabajo de transporte complementario, cuando el empresario no ha pagado o ha pagado sólo parcialmente. de las sumas adeudadas.

 

EL HECHO

La historia tiene como protagonista a un transportista residente en la provincia de Lucca que, durante 8 años seguidos, trabajó 11 y, a veces, incluso 13 horas para una empresa milanesa. Sin embargo, la empresa, que ha contratado algunos suministros para una de las cadenas de supermercados italianas más conocidas , nunca quiso reconocer en las distintas nóminas las horas extras que había trabajado. El camionero, que posteriormente dimitió en 2020, decidió recurrir a la justicia para obtener la satisfacción de sus intereses.

 

LA DECISIÓN

En el proceso de Milán, que terminó a favor del ex empleado de la empresa milanesa, se supo que el transportista realizaba sus viajes entre Liguria y el norte de Toscana , en los distintos supermercados, acumulando cientos de horas extras que siempre le habían sido pagadas. y sólo parcialmente y en todo caso nunca siguiendo el convenio colectivo nacional que había firmado.


De hecho, la sentencia dice que «el hombre por cuenta de la empresa demandada realizó el transporte de frutas, verduras, lácteos, congelados y conservas a diversos puntos de venta de la cadena de supermercados, operando en el ámbito del contrato entre las empresas... Durante toda la duración de la relación laboral se observa una jornada laboral de 4 a 15 horas, de lunes a viernes , con la presencia adicional - en promedio dos veces por semana hasta octubre de 2019 - de viajes nocturnos de 18 a 21 horas y de de 4 a 11 horas del día sábado ".


El Tribunal de Milán señala también que el camionero, durante los períodos de espera para la carga y descarga de la mercancía y sobre la base de una indicación explícita, permaneció disponible en el lugar de trabajo . De esta forma había realizado «una cantidad importante de horas extraordinarias , siempre y sólo parcialmente retribuidas» y que en cambio deben ser retribuidas, teniendo en cuenta la aplicación del art. 11 del convenio colectivo nacional del sector , teniendo además derecho a "recibir dietas de viaje por todos los días de servicio efectivo".

 

LAS CONSECUENCIAS

Por tanto, el Tribunal de Milán dio la razón al recurrente e incluso condenó a la empresa a una suma superior a la solicitada , tras una serie de cálculos realizados por un perito. La cantidad a pagar se fijó en 152 mil euros , más intereses, y la empresa patronal también tuvo que pagar aproximadamente 13 mil euros en concepto de litigios y costas judiciales.

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