Septiembre llega con nuevas reglas de la Carga y descarga en Portugal

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El decreto-ley que modifica el régimen legal del contrato nacional de transporte de mercancías por carretera fue publicado hoy en el Diario da República, en particular en lo que se refiere a las reglas a observar en las operaciones de carga y descarga, y fundamentalmente en lo que respecta a los tiempos máximos de espera, informa Transportesenegocios.pt.

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Los cambios fueron aprobados hace aproximadamente un mes en el Consejo de Ministros. En su momento, el Gobierno justificó la iniciativa por el hecho de que la comisión de seguimiento designada por el Ejecutivo para evaluar el modelo de autorregulación consensuada concluyó que “los tiempos de espera siguen siendo excesivos y que esto ha sido perjudicial para la economía nacional y para la productividad empresarial ”.

Así, y en esencia, la nueva normativa limita el tiempo máximo de espera para la carga o descarga a dos horas, contando el tiempo "desde el tiempo previamente acordado o programado entre el remitente, el destinatario y el transportista" o, en caso de que hubiera sin cita, “desde el momento de la matriculación del vehículo en el sistema del remitente, expedidor o destinatario, salvo entregas en tiendas”.

 

En caso de retrasos, los transportistas, expedidores, consignatarios o destinatarios tienen derecho a una compensación, a cargo de la persona responsable del retraso.

Las operaciones de carga y descarga deben ser realizadas por los expedidores o destinatarios. Si son responsabilidad del transportista, “el transportista debe utilizar un trabajador, que no sea un conductor, que esté calificado y capacitado para el propósito”.

Los conductores sólo podrán ser convocados para realizar la carga y descarga, en los términos del contrato colectivo aplicable, "en la distribución de mercancías, entendiéndose como tal la distribución de mercancías desde los almacenes centrales a los respectivos almacenes, mudanzas y puerta a puerta". -puerta "(y aun así con la presencia de otra persona) y" por razones de seguridad, dependiendo de la formación específica recibida y el uso de equipos específicos, [en el caso de] transporte de combustible, graneles y carros de transporte, sin perjuicio de a disposiciones específicas sobre mercancías que contienen materiales peligrosos ”.

 

En caso de incumplimiento de la normativa, se prevén multas de entre 1 250 y 15 mil euros, según sea la persona física o jurídica.

 

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