Un juez anula la multa a un transportista no verse el radar con claridad

El radar se encontraba en un poste a más de dos metros de distancia la calzada.
El juez de paz de Guardia Sanframondi - Benevento- en Italia anula una sanción por exceso de velocidad a una empresa de transporte por carretera que había impugnado la falta de visibilidad de un dispositivo de detección, colocado en un poste a más de dos metros de la calzada.
Si la cámara de velocidad se coloca en un lugar donde no es claramente visible , la multa por exceso de velocidad debido a la detección es nula . Este es el sentido de la sentencia del juez de paz de Guardia Sanframondi (Benevento) , que anuló una sanción por exceso de velocidad a un conductor de una empresa de transporte de mercancías. La empresa, patrocinada por el abogado. Roberto Iacovacci , había impugnado la infracción alegando, entre otras cosas, la falta de visibilidad del dispositivo de detección que había señalado el exceso de los límites de velocidad.
El juez de paz, refiriéndose a una serie de sentencias del Tribunal de Casación, coincidió con la empresa, señalando que el radar de tráfico , colocado en un poste a más de dos metros de la carretera, no era claramente visible desde el asiento del conductor del vehículo. conductor.
“La obligación de señalizar con antelación y hacer bien visibles los puestos de control de la red viaria para la detección de la velocidad -explica la sentencia- mediante el uso de señales o dispositivos de señalización luminosa, se introdujo a partir de la entrada en vigor… de la ley de 2 de octubre 2007 núm. 160 , que inserta el art. 142 CdS, párrafo 6 bis ”. Esta nueva normativa ha prescrito que todos los tipos y métodos de control que se realicen con dispositivos fijos o móviles instalados en la calzada tienen “la obligación , bajo pena de nulidad de la tasación, de aviso previo y de buena visibilidad ”.
En otras palabras, la policía de tráfico está obligada sin excepción a avisar de la presencia de un radar de tráfico antes de cruzarlo y hacerlo claramente distinguible . Si no se garantizan estas condiciones, la evaluación no tendría valor , de lo contrario “la legislación se quedaría en una prescripción sin consecuencias”. Además, la potestad sancionadora de la Administración Pública en materia de circulación no deriva de “la intención de sorprender al automovilista indisciplinado”, sino de la de velar por la seguridad vial . En el caso concreto, la Prefectura de Benevento debería haber probado por tanto la perfecta visibilidad del radar de tráfico , mientras que nada se observó al respecto.
La presencia - anunciada de las señales - y la buena visibilidad de la cámara de velocidad son, en definitiva, una condición necesaria para que la determinación de la velocidad sea legítima y, si faltan estos requisitos, la multa es nula .
Por lo tanto, se estima el recurso , se cancela la multa y la consiguiente orden/medida cautelar y se compensan los gastos entre las partes.
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