Sentencian a compensar a un camionero por dormir en la caja del camión

sentencia

Un repartidor de Ipatinga (MG) recibirá una fuerte indemnización por haber sido obligado a pasar la noche dentro de la caja del camión de servicio. La decisión es de la Sala Tercera del Tribunal Superior del Trabajo en Brasil, que consideró que las malas condiciones de trabajo a las que fue sometido el trabajador justifican la reparación.  

 

El empleado declaró, que su contrato de trabajo comenzó con Martins Comércio e Serviços de Distribuição, en febrero de 2013, como chofer de reparto. En septiembre de 2016 fue transferido a Martins URN-MG Distribuidora, donde trabajó hasta su liberación, meses después.

Según él, la tarifa diaria que percibía apenas le alcanzaba para hacer las comidas del día, por lo que debía dormir en la caja del camión, sobre un colchón y entre las cajas de mercadería, ya que la cabina no estaba equipada con una cama. Como no había ventilación en el maletero, hubo que dejar la puerta abierta, creando una situación humillante y peligrosa.

Práctica común

La sentencia del 3º Juzgado Laboral de Coronel Fabriciano (MG) y del Juzgado Regional del Trabajo de la 3ª Región (MG) rechazó la demanda de indemnización. En la evaluación de la TRT, la pernoctación de los camioneros en el camión es una costumbre generalizada entre la categoría y no constituye daño moral, sujeto a reparación. 

También según el TRT, no habría razón para que el conductor reciba un trato diferente en relación a los demás empleados en esta función, que proceden de la misma forma, por comodidad y economía, pues nada les impide dormir en hoteles o posadas.

Dignidad de la persona humana

El relator del recurso de revisión del conductor, ministro Maurício Godinho Delgado, destacó que las condiciones de trabajo a las que fue sometido atentan contra su dignidad, su integridad psíquica y su bienestar individual. Según el relator, esos bienes intangibles, que integran el patrimonio moral del trabajador, están protegidos por la Constitución Federal y justifican su reparación.
 
El ministro también señaló que el hecho de que el conductor durmiera dentro del camión convenía a los intereses de las empresas, que se beneficiaban con la vigilancia constante de sus activos.

La decisión fue por mayoría, derrotada por el ministro Evandro Valadão.

(LF/FC)

Proceso: RR-10423-78.2016.5.03.0089

El TST cuenta con ocho Paneles, cada uno integrado por tres ministros, con la atribución de analizar recursos de revista, agravios, agravios de instrumento, agravios de regimiento y recursos ordinarios en acción cautelar. De las decisiones de las Clases, la parte aún puede, en algunos casos, recurrir a la Subsección I Especializada en Negociación Individual (SDI-1).

Este artículo es solo para fines informativos.
Se permite la reproducción citando la fuente.
Secretaría de Comunicación Social
Tribunal Superior de Trabajo
Tel. (61) 3043-4907
secom@tst.jus.br

 

Deja una respuesta

Subir

En cumplimiento de la Ley 34/2002 de 11 de julio de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSICE), te informamos de que este sitio web ForoTransporte Profesional utiliza cookies. Saber Más

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies.

ACEPTAR
Aviso de cookies