Intercomunicadores para moto son legales, pero cuidado, ¡no valen todos!

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Intercomunicadores para moto son legales desde el pasado 21 M, pero cuidado, tienen que ser certificados u homologados

 

La nueva ley de tráfico que entró en vigor el  lunes 21 de marzo., contempla nuevas sanciones  así como aclara dudas. Conducir con el móvil en la mano, no llevar abrochado el cinturón, lanzar colillas, son solo algunas de las infracciones que te harán perder puntos.  Se imponen sanciones que ya conoces más otras 50 novedades. Entre todas estas, la principal es la prohibición de adelantar a más de 20 km/h. Se elimina la posibilidad de que turismos y motocicletas superen el límite de velocidad general de 20 km/h fijado por las vías convencionales en el adelantamiento. Pero esto no es todo, y ¡cuidado que puede haber trampa!

Las nuevas normas de conducción de motocicletas y ciclomotores regulan el uso de intercomunicadores inalámbricos en el casco.

  • Ahora, si tienes una moto o un ciclomotor, puedes utilizar dispositivos inalámbricos certificados u homologados en tu casco de protección para fines de comunicación o navegación.

 

Así es, no vale cualquier intercomunicador, si no que tienen que estos intercomunicadores según la propia DGT deben estar certificados u homologados, de lo contrario a pasar por caja. 

 

Las nuevas formas de movernos, conectarnos y comunicarnos nos exigen evolucionar. Por eso, adaptamos a los tiempos la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, una nueva reforma que mejorará la eficacia del sistema y la convivencia entre todos.

Conoce las nuevas normas que están en vigor desde el 21 de marzo 2022:

  • Ahora, si tienes una moto o un ciclomotor, puedes utilizar dispositivos inalámbricos certificados u homologados en tu casco de protección para fines de comunicación o navegación.
  • Ahora, no usar el casco o no hacerlo de forma adecuada te hará perder 4 puntos.
  • Ahora, si eres menor de edad y conduces, tu tasa de alcohol es 0,0.
  • Recuerda que los Vehículos de Movilidad Personal tienen prohibido circular por autopistas y autovías.
  • Ahora, para protegerte, los vehículos que necesiten adelantar a una bicicleta o a un ciclomotor, tendrán que hacerlo ocupando completamente el carril contiguo si la vía tiene 2 o más carriles por sentido. Y si la vía solo tiene un carril, mantener la separación mínima de 1,5 metros.
  • Ahora, si eres menor de edad y conduces, tu tasa de alcohol es 0,0.
  • Ahora está prohibido parar o estacionar en el carril bici o en vías ciclistas. Su incumplimiento se considera una infracción grave.

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