La obligatoriedad del uso de Tacógrafos en vehículos comerciales ligeros está próxima

seguro Furgonetas

El 1 de julio de 2026 entrará en vigor un nuevo reglamento de la UE que, por primera vez, incluirá también a los vehículos comerciales ligeros con un peso total autorizado de entre 2,5 y 3,5 toneladas en la obligación de utilizar tacógrafos inteligentes.

 

Esto afecta a todos los vehículos comerciales que transitan por las fronteras o realizan operaciones de cabotaje. Marca el final de una fase transitoria del Paquete de Movilidad I, que se ha implementado gradualmente desde 2020.

La base jurídica son los Reglamentos (UE) n.º 165/2014 y (CE) n.º 561/2006, modificados por el Reglamento (UE) 2020/1054. El objetivo es crear normas uniformes en toda Europa en materia de seguridad, competencia leal y protección de los conductores. Anteriormente, el requisito solo se aplicaba a camiones de 3,5 toneladas o más.

 

 

A quién le afecta la norma

La nueva normativa se aplica a furgonetas, camiones de reparto y vehículos similares, siempre que su uso se extienda más allá de las fronteras nacionales. Esto también incluye las operaciones de cabotaje, es decir, las operaciones de transporte nacional realizadas por empresas sin domicilio social ni sucursal en el país correspondiente. Las operaciones de transporte puramente nacional sin desplazamiento, los viajes no comerciales ni las operaciones de transporte de empresas no se ven afectadas, siempre que la conducción no sea la actividad principal.

Independientemente de la categoría de peso, el requisito también se aplica a los vehículos diseñados para transportar más de nueve personas, incluido el conductor.

 
 
 

Nuevas obligaciones para las empresas

Los operadores de flotas deben equipar sus vehículos con un tacógrafo inteligente de segunda generación, como el VDO DTCO 4.1a. Su instalación solo está permitida en talleres certificados, que también realizan la calibración y activación necesarias. Al mismo tiempo, deben adaptarse los procesos operativos:

  • descarga y archivo periódicos de datos del conductor y del vehículo,
  • Obligación de conservar estos datos durante al menos doce meses,
  • Formación para conductores,
  • Adaptación de la planificación turística a las normativas sociales.

Los propios conductores están obligados a solicitar y llevar consigo una tarjeta de conductor, a registrar sistemáticamente los tiempos de conducción y de descanso y, en caso necesario, a realizar añadidos manuales.

 
 
 
 

Para las empresas, esto supone una mayor integración del hardware, el software y la gestión. Proveedores como Aumovio y VDO ofrecen soluciones complementarias que permiten evaluar automáticamente los datos del tacógrafo e integrarlos en sistemas digitales.

Consecuencias de las infracciones

El incumplimiento de la normativa puede tener graves consecuencias. En Alemania por ejemplo, se pueden imponer multas de hasta 1500 € por inspección, y en Italia, de hasta 3.328 €. Además, se pueden inmovilizar vehículos en la frontera o revocar los permisos de transporte.

 
 
 
 
 

Conclusión

 

Requisitos técnicos

Los tacógrafos inteligentes de segunda generación no solo registran los tiempos de conducción y descanso, sino que también registran los cruces de fronteras mediante el sistema satelital Galileo, la documentación de los procesos de carga y descarga, y los intentos de manipulación, y pueden ser verificados por las autoridades competentes mediante radiointerrogatorio. Además, permiten la conexión a sistemas digitales de gestión de flotas.

 

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