La DGT desmiente que multe por la mascarilla en el vehículo: «No es sancionable»

prodotti per cov

Apunta que «no hay ningún artículo» en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial ni en los reglamentos que la desarrollan que recoja que «no llevarla, quitársela o demás acciones con la misma sea un precepto infractor y mucho menos que lleve aparejado la pérdida de puntos del permiso de conducir»

En relación con noticias aparecidas sobre denuncias a conductores por no usar mascarilla, #DGT informa

El uso de la mascarilla es una cuestión de salud pública. Por tanto, su no uso no es una infracción de Tráfico y NO es SANCIONABLE por DGT, ni con multa ni con puntos. Informa la DGT en Twitter.

LDirección General de Tráfico (DGT) acaba de terminar con una de las polémicas de los últimos días: el uso de las mascarillas en el interior del vehículo y las posibles multas que se estaban imponiendo a los conductores y usuarios por este motivo.

 

¿Te gustaría formar parte de la redacción de Foro Transporte Profesional ¿Siempre has tenido el deseo de escribir artículos y probar en el mundo de la información? Entonces estás leyendo la revista adecuada. Envíe un artículo de prueba, sobre un tema logístico, motor,  empleo, etc… a la dirección de correo electrónico forotransporteprofesional@gmail.com  Luego, el artículo será leído, corregido y posiblemente publicado. A continuación, explicaremos cómo unirse a nuestros medios para convertirse en miembro del equipo editorial.

 

El comunicado responde, dice la DGT, a las informaciones surgidas en los últimos días sobre este asunto y que, afirman, eran noticias falsas no contrastadas ni con la fuente, ni con la normativa.

Las multas no pueden ser de tráfico... pero sí sanitarias

Pero ojo porque la argumentación de la DGT sólo significa que la multa por no llevar mascarillas en el coche no puede argumentarse por una infracción de tráfico. Pero sí en base a una de índole sanitaria.

Porque las mascarillas son de uso obligatorio en el interior del vehículo cuando viajen en él personas que residan en domicilios diferentes, tal y como establece el Real Decreto de Nueva Normalidad: "Será obligatorio el uso de la mascarilla en transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio", reza el texto legal.

Si se contraviene esta norma -de caracter sanitario- los agentes podrán sancionarnos con una multa de 100 euros por cada ocupante que no la lleve puesta... pero siempre por cuestiones de salud pública y no por contravenir ninguna regla de tráfico.

 

Únete a nuestro canal de noticias Conductores Profesionales Oficial en Telegram pulsado AQUÍ y no te pierdas ninguna de nuestras noticias.

Whatsapp LogoEnvíanos tu historia, tu opinión sobre el transporte, vídeos, fotos y noticias por WhatsApp AL 655938053 o por email a: forotransporteprofesional@gmail.com

 

Deja una respuesta

Subir

En cumplimiento de la Ley 34/2002 de 11 de julio de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSICE), te informamos de que este sitio web ForoTransporte Profesional utiliza cookies. Saber Más

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies.

ACEPTAR
Aviso de cookies