Multado un camionero con 2.000 euros por lavar camión un sábado por la mañana

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Un camionero ha sido sancionado con 2.000 € de su bolsillo después de que los agentes de policía de Noruega determinaran que sus visitas de fin de semana a un lavadero de camiones infringían las normas de horario de descanso de los conductores profesionales.

El conductor fue multado recientemente por limpiar su camión un sábado por la mañana libre. Sin embargo, la Inspección noruega dictaminó que esto debería verse como "otro trabajo" que no debería realizarse durante el descanso del fin de semana.

 

La inspección encontró que el camión en cuestión había sido movido dos veces en dos fines de semana sin una tarjeta. Además, 'otro trabajo' nunca fue registrado por el tacho. Resultó que el camión había sido lavado una vez y había estado en una fiesta de camiones la siguiente. Además de escribir la multa, se ordenó al conductor descansar durante 48 horas de inmediato.

Locura

El conductor, por supuesto, respondió que esto roza la locura total. “Año tras año, lavamos los camiones todos los fines de semana junto con nuestros colegas. Pedimos pizzas y lo hacemos acogedor. No estamos infringiendo ninguna ley y estamos en propiedad de la empresa, no en una vía pública. Si esta es la forma en que las autoridades creen que deben tratar a sus conductores, pronto no quedará ningún conductor en Noruega”.

Disparates

El empleador del conductor en cuestión tampoco está muy impresionado y quiere acudir a los tribunales para proteger a su personal. El empresario también explicó a los inspectores que se detuvieran con 'esta tontería' y que 'aparentemente no tienen idea de qué se trata este negocio'.

 

Recordamos  de que trata el "Descanso semanal"

Un período de descanso semanal tendrá que comenzarse antes de que hayan concluido seis jornadas consecutivas de 24 horas desde el final del anterior período de descanso semanal.

Este periodo de descanso semanal podrá ser normal o reducido.

  • Período de descanso semanal normal: cualquier período de descanso de al menos 45 horas.
  • Período de descanso semanal reducido: cualquier período de descanso inferior a 45 horas que se puede reducir hasta un mínimo de 24 horas consecutivas.

En el transcurso de dos semanas consecutivas el conductor tendrá que tomar al menos:

  • dos períodos de descanso semanal normal, o
  • un período de descanso semanal normal y un período de descanso semanal reducido de al menos 24 horas; no obstante, la reducción se compensará con un descanso equivalente tomado en una sola vez antes de finalizar la tercera semana siguiente a la semana de que se trate.

Los descansos tomados como compensación por un período de descanso semanal reducido deberán tomarse junto con otro período de descanso de al menos nueve horas.

Cuando el conductor elija hacerlo, los períodos de descanso diarios y los períodos de descanso semanales reducidos tomados fuera del centro de explotación de la empresa podrán efectuarse en el vehículo siempre y cuando éste vaya adecuadamente equipado para el descanso de cada uno de los conductores y esté estacionado.

 

 

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