Autorización Transporte de Mercancías: qué son, requisitos y que tipos hay.

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La información que se detalla a continuación tiene por objeto el transporte, por carretera o
vía pública, mediante vehículos de motor.
El transporte de mercancías, con carácter general, está sujeto a autorización, es decir, para
poder llevar a cabo esta actividad, hay que cumplir los requisitos que la normativa determina
y solicitar la autorización a la administración. Una vez acreditado que efectivamente se
cumplen estos requisitos, la administración otorga esta autorización en forma de tarjeta de
transportes.


Tipo de autorizaciones

 

1. Autorización de empresa. Este tipo de autorización habilita a una empresa poder
llevar a cabo una actividad de transporte, ya sea por cuenta propia o bien a favor de
terceros.
2. Autorización por vehículo. Este tipo de autorización habilita a un vehículo
determinado poder llevar a cabo una actividad de transporte.


Clase de transporte

Existen tres clases de transporte de mercancías:
1. De transporte público
Se considera transporte público cuando una empresa, a cambio de una remuneración
económica, presta un servicio de traslado de mercancías de terceras personas o
empresas con medios propios de vehículos y/o de personal de la propia empresa
(trabajadores o conductores).
2. De transporte privado complementario
Se considera transporte privado complementario cuando una empresa, que
desarrolla como actividad principal una diferente del transporte, lleva a cabo una
actividad de transporte en función de las necesidades derivadas de su actividad
principal. Es la misma empresa la que realiza el transporte con medios propios
(personas y vehículos). En este caso, no se deriva una contraprestación económica.
El transporte no puede ser contratado ni facturado de forma independiente, pero sí
que se puede incorporar al precio final del producto que constituye la actividad
principal de la empresa, antes de aplicar el IVA.
3. De transporte privado particular
Es el desarrollado por particulares para satisfacer sus necesidades de movilidad sin
que estén vinculadas al ejercicio de una actividad económica. Con carácter general
este tipo de transporte se debe realizar con vehículos de masa máxima autorizada
no superior a 6 toneladas.
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Autorizaciones de transporte público de mercancías

Hay tres tipos de autorizaciones de transporte público de mercancías:
1. MDP
Esta autorización permite la realización de transporte público dentro del estado, con
cualquier tipo de vehículo. La autorización se otorga en la forma descrita en el punto
‘Tipo de autorizaciones’, primer tipo, es decir como autorización de empresa.
Los requisitos a cumplir para poder ser titular de este tipo de autorización son:
• Ser persona física o jurídica.
• Honorabilidad.
• Capacidad económica.
• Disponer de un Gestor de transporte.
• Establecimiento.
• Dirección de correo electrónico.
• Equipamiento informático.
• Cumplir las obligaciones fiscales.
• Estar dado de alta en el epígrafe correspondiente del IAE.
• Cumplir las obligaciones de carácter laboral y social.
• Disponibilidad de los vehículos para realizar la actividad (1)
• No tener sanciones administrativas por la normativa de transportes
pendientes de pago.
• No tener otras autorizaciones en vigor de transporte de mercancías, a
excepción de la MDSL.
(1) Para iniciar la actividad hay que acreditar que se dispone de un vehículo en
régimen de propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario.
Consulte la ficha Autorización de transporte público de mercancías - Ámbito
estatal (MDP) en Trámites gencat.
2. MDL
Esta autorización permite la realización de transporte público dentro del estado,
exclusivamente con vehículos con masa máxima autorizada que no supere los 3.500
kg.
La autorización se otorga en la forma descrita en el punto ‘Tipo de autorizaciones’
primer tipo, es decir como autorización de empresa. Los requisitos a cumplir con
carácter general para poder ser titular de este tipo de autorización son:
• Ser persona física o jurídica.
• Dirección de correo electrónico.
• Cumplimiento de obligaciones fiscales.
• Estar dado de alta en el epígrafe correspondiente del IAE.
• Disponibilidad de los vehículos para realizar la actividad.
• No tener sanciones administrativas por la normativa de transportes
pendientes de pago.
• No tener otras autorizaciones en vigor de transporte de mercancías, a
excepción de la MDSL.
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(2) Para iniciar la actividad hay que acreditar que se dispone de un mínimo de un
vehículo en régimen de propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento
ordinario.
Consulte la ficha Autorización para el transporte público ligero de mercancías –
Ámbito estatal (MDL) en Trámites gencat.
3. MDSL
Esta autorización permite la realización de transporte público exclusivamente dentro
de Cataluña con vehículos de hasta 3.500 kg de MMA. La autorización se otorga en
la forma descrita en el punto ‘Tipo de autorizaciones’ segundo tipo, es decir como
autorización individual para cada vehículo.
Los requisitos a cumplir para poder ser titular de este tipo de autorización son:
• Ser persona física o jurídica.
• Honorabilidad.
• Capacidad económica.
• Competencia profesional (3).
• Cumplir las obligaciones fiscales.
• Estar dado de alta en el epígrafe correspondiente del IAE.
• Cumplimiento de obligaciones de carácter laboral y social.
• Disponibilidad de los vehículos para realizar la actividad (4).
• No tener sanciones administrativas por la normativa de transportes
pendientes de pago.
• Número mínimo de conductores.
(3) La competencia profesional se puede acreditar con la titulación propia de
Cataluña.
(4) Para iniciar la actividad hay que acreditar la disponibilidad del vehículo, que debe
tener una antigüedad de hasta 6 años, en régimen de propiedad, arrendamiento
financiero o arrendamiento ordinario.
Consulte la ficha Autorización de transporte público ligero de mercancías por
carretera en el territorio catalán (MDSL) en Trámites gencat.
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Autorización de transporte privado complementario de mercancías
Sólo existe un tipo de autorización de transporte privado complementario de mercancías
MPC
Esta autorización permite realizar transporte privado complementario de mercancías dentro
del estado con cualquier vehículo. La autorización se otorga en la forma descrita en el punto
‘Tipo de autorizaciones’ primer tipo, es decir como autorización de empresa.
Los requisitos a cumplir con carácter general para poder ser titular de este tipo de
autorización son:
• Ser persona física o jurídica.
• Cumplir las obligaciones fiscales.
• Cumplir las obligaciones de carácter laboral y social
• Disponibilidad de los vehículos para realizar el transporte en régimen de propiedad,
arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario.
• Acreditación de la necesidad del transporte.
• No tener sanciones administrativas por la normativa de transportes pendientes de
pago.
• Dirección de correo electrónico.
• No tener otras autorizaciones en vigor, a excepción de la MDSL.
Consulte la ficha Autorización de transporte privado complementario de mercancías (MPC)
en Trámites gencat.
Exenciones
Están exentos de autorización, los siguientes tipos de transporte de mercancías:
• Los transportes privados particulares.
• Los transportes privados complementarios con vehículos de hasta 3.500 Kg de MMA.
• Los transportes públicos de mercancías con vehículos de hasta 2.000 Kg de MMA.
• Los transportes dentro de recintos cerrados no dedicados a la actividad de transporte.
• Los transportes privados complementarios con tractores agrícolas.
• Los transportes de equipajes con arrastrados por autobuses.
• Los transportes fúnebres.
• Los transportes de basura con vehículos especialmente acondicionados.
• Los transportes de dinero, valores, etc., con vehículos especialmente
acondicionados.
• Los transportes de medicamentos y equipamiento médico.
• El arrendamiento de vehículos sin conductor.
• Los vehículos equipados permanentemente con maquinaria como equipo de
sondeos, grúas de elevación, grupos electrógenos, etc. Esta maquinaria forma parte
exclusiva del vehículo.
• Los transportes realizados con motivo de la impartición de clases prácticas
destinadas a obtener el permiso de conducción o el CAP.
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La intermediación del transporte: el operador del transporte. La Autorización OT.
Esta autorización permite llevar a cabo tareas de intermediación en el transporte público. La
puede solicitar cualquier operador de transporte (agencia de transporte, consignatario,
almacenista distribuidor, etc.) y se otorga en la forma descrita en el punto "Tipo
de autorización" primer tipo.
Si la empresa dispone de la autorización de la clase MDP y cumple con todos los requisitos
solicitados como OT, no será necesaria la obtención de esta última.


Los requisitos a cumplir para poder ser titular de este tipo de autorización OT son:
• Ser persona física o jurídica.
• Honorabilidad.
• Capacidad económica.
• Disponer de un gestor del transporte.
• Dirección de correo electrónico.
• Cumplir las obligaciones fiscales.
• Estar dado de alta en el epígrafe correspondiente del IAE.
• Cumplir las obligaciones de carácter laboral y social.
• No tener sanciones administrativas por la normativa de transportes pendientes de
pago.
Consulte la ficha Autorización de operador de transporte (OT) a Trámites gencat

 

EL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS
La información que se detalla a continuación tiene por objeto el transporte, por carretera o
vía pública, mediante vehículos de motor.
El transporte de mercancías, con carácter general, está sujeto a autorización, es decir, para
poder llevar a cabo esta actividad, hay que cumplir los requisitos que la normativa determina
y solicitar la autorización a la administración. Una vez acreditado que efectivamente se
cumplen estos requisitos, la administración otorga esta autorización en forma de tarjeta de
transportes.
Tipo de autorizaciones
Hay dos formas de autorizaciones:
1. Autorización de empresa. Este tipo de autorización habilita a una empresa poder
llevar a cabo una actividad de transporte, ya sea por cuenta propia o bien a favor de
terceros.
2. Autorización por vehículo. Este tipo de autorización habilita a un vehículo
determinado poder llevar a cabo una actividad de transporte.
Clase de transporte
Existen tres clases de transporte de mercancías:
1. De transporte público
Se considera transporte público cuando una empresa, a cambio de una remuneración
económica, presta un servicio de traslado de mercancías de terceras personas o
empresas con medios propios de vehículos y/o de personal de la propia empresa
(trabajadores o conductores).
2. De transporte privado complementario
Se considera transporte privado complementario cuando una empresa, que
desarrolla como actividad principal una diferente del transporte, lleva a cabo una
actividad de transporte en función de las necesidades derivadas de su actividad
principal. Es la misma empresa la que realiza el transporte con medios propios
(personas y vehículos). En este caso, no se deriva una contraprestación económica.
El transporte no puede ser contratado ni facturado de forma independiente, pero sí
que se puede incorporar al precio final del producto que constituye la actividad
principal de la empresa, antes de aplicar el IVA.
3. De transporte privado particular
Es el desarrollado por particulares para satisfacer sus necesidades de movilidad sin
que estén vinculadas al ejercicio de una actividad económica. Con carácter general
este tipo de transporte se debe realizar con vehículos de masa máxima autorizada
no superior a 6 toneladas.
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Autorizaciones de transporte público de mercancías
Hay tres tipos de autorizaciones de transporte público de mercancías:
1. MDP
Esta autorización permite la realización de transporte público dentro del estado, con
cualquier tipo de vehículo. La autorización se otorga en la forma descrita en el punto
‘Tipo de autorizaciones’, primer tipo, es decir como autorización de empresa.
Los requisitos a cumplir para poder ser titular de este tipo de autorización son:
• Ser persona física o jurídica.
• Honorabilidad.
• Capacidad económica.
• Disponer de un Gestor de transporte.
• Establecimiento.
• Dirección de correo electrónico.
• Equipamiento informático.
• Cumplir las obligaciones fiscales.
• Estar dado de alta en el epígrafe correspondiente del IAE.
• Cumplir las obligaciones de carácter laboral y social.
• Disponibilidad de los vehículos para realizar la actividad (1)
• No tener sanciones administrativas por la normativa de transportes
pendientes de pago.
• No tener otras autorizaciones en vigor de transporte de mercancías, a
excepción de la MDSL.
(1) Para iniciar la actividad hay que acreditar que se dispone de un vehículo en
régimen de propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario.
Consulte la ficha Autorización de transporte público de mercancías - Ámbito
estatal (MDP) en Trámites gencat.
2. MDL
Esta autorización permite la realización de transporte público dentro del estado,
exclusivamente con vehículos con masa máxima autorizada que no supere los 3.500
kg.
La autorización se otorga en la forma descrita en el punto ‘Tipo de autorizaciones’
primer tipo, es decir como autorización de empresa. Los requisitos a cumplir con
carácter general para poder ser titular de este tipo de autorización son:
• Ser persona física o jurídica.
• Dirección de correo electrónico.
• Cumplimiento de obligaciones fiscales.
• Estar dado de alta en el epígrafe correspondiente del IAE.
• Disponibilidad de los vehículos para realizar la actividad.
• No tener sanciones administrativas por la normativa de transportes
pendientes de pago.
• No tener otras autorizaciones en vigor de transporte de mercancías, a
excepción de la MDSL.
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(2) Para iniciar la actividad hay que acreditar que se dispone de un mínimo de un
vehículo en régimen de propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento
ordinario.
Consulte la ficha Autorización para el transporte público ligero de mercancías –
Ámbito estatal (MDL) en Trámites gencat.
3. MDSL
Esta autorización permite la realización de transporte público exclusivamente dentro
de Cataluña con vehículos de hasta 3.500 kg de MMA. La autorización se otorga en
la forma descrita en el punto ‘Tipo de autorizaciones’ segundo tipo, es decir como
autorización individual para cada vehículo.
Los requisitos a cumplir para poder ser titular de este tipo de autorización son:
• Ser persona física o jurídica.
• Honorabilidad.
• Capacidad económica.
• Competencia profesional (3).
• Cumplir las obligaciones fiscales.
• Estar dado de alta en el epígrafe correspondiente del IAE.
• Cumplimiento de obligaciones de carácter laboral y social.
• Disponibilidad de los vehículos para realizar la actividad (4).
• No tener sanciones administrativas por la normativa de transportes
pendientes de pago.
• Número mínimo de conductores.
(3) La competencia profesional se puede acreditar con la titulación propia de
Cataluña.
(4) Para iniciar la actividad hay que acreditar la disponibilidad del vehículo, que debe
tener una antigüedad de hasta 6 años, en régimen de propiedad, arrendamiento
financiero o arrendamiento ordinario.
Consulte la ficha Autorización de transporte público ligero de mercancías por
carretera en el territorio catalán (MDSL) en Trámites gencat.
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Autorización de transporte privado complementario de mercancías
Sólo existe un tipo de autorización de transporte privado complementario de mercancías
MPC
Esta autorización permite realizar transporte privado complementario de mercancías dentro
del estado con cualquier vehículo. La autorización se otorga en la forma descrita en el punto
‘Tipo de autorizaciones’ primer tipo, es decir como autorización de empresa.
Los requisitos a cumplir con carácter general para poder ser titular de este tipo de
autorización son:
• Ser persona física o jurídica.
• Cumplir las obligaciones fiscales.
• Cumplir las obligaciones de carácter laboral y social
• Disponibilidad de los vehículos para realizar el transporte en régimen de propiedad,
arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario.
• Acreditación de la necesidad del transporte.
• No tener sanciones administrativas por la normativa de transportes pendientes de
pago.
• Dirección de correo electrónico.
• No tener otras autorizaciones en vigor, a excepción de la MDSL.
Consulte la ficha Autorización de transporte privado complementario de mercancías (MPC)
en Trámites gencat.
Exenciones
Están exentos de autorización, los siguientes tipos de transporte de mercancías:
• Los transportes privados particulares.
• Los transportes privados complementarios con vehículos de hasta 3.500 Kg de MMA.
• Los transportes públicos de mercancías con vehículos de hasta 2.000 Kg de MMA.
• Los transportes dentro de recintos cerrados no dedicados a la actividad de transporte.
• Los transportes privados complementarios con tractores agrícolas.
• Los transportes de equipajes con arrastrados por autobuses.
• Los transportes fúnebres.
• Los transportes de basura con vehículos especialmente acondicionados.
• Los transportes de dinero, valores, etc., con vehículos especialmente
acondicionados.
• Los transportes de medicamentos y equipamiento médico.
• El arrendamiento de vehículos sin conductor.
• Los vehículos equipados permanentemente con maquinaria como equipo de
sondeos, grúas de elevación, grupos electrógenos, etc. Esta maquinaria forma parte
exclusiva del vehículo.
• Los transportes realizados con motivo de la impartición de clases prácticas
destinadas a obtener el permiso de conducción o el CAP.
Febrero 2021 5 / 5
La intermediación del transporte: el operador del transporte. La Autorización OT.
Esta autorización permite llevar a cabo tareas de intermediación en el transporte público. La
puede solicitar cualquier operador de transporte (agencia de transporte, consignatario,
almacenista distribuidor, etc.) y se otorga en la forma descrita en el punto "Tipo
de autorización" primer tipo.
Si la empresa dispone de la autorización de la clase MDP y cumple con todos los requisitos
solicitados como OT, no será necesaria la obtención de esta última.
Los requisitos a cumplir para poder ser titular de este tipo de autorización OT son:
• Ser persona física o jurídica.
• Honorabilidad.
• Capacidad económica.
• Disponer de un gestor del transporte.
• Dirección de correo electrónico.
• Cumplir las obligaciones fiscales.
• Estar dado de alta en el epígrafe correspondiente del IAE.
• Cumplir las obligaciones de carácter laboral y social.
• No tener sanciones administrativas por la normativa de transportes pendientes de
pago.
Consulte la ficha Autorización de operador de transporte (OT) a Trámites gencat

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